Esta mañana Benedicto XVI anunció que el próximo 28
de febrero dejará el cargo de papa.
Según el Código de Derecho Canónico, el término adecuado para señalar que un
papa deja su cargo de sumo pontífice es renuncia. De modo tal, un papa no dimite, ni abdica, precisó
Fundéu.
Este es el artículo del Código de
Derecho Canónico que habla sobre la renuncia de
un sumo pontífice,
“DE LA RENUNCIA
187 El que se halla en su sano juicio
puede, con causa justa, renunciar a un oficio eclesiástico.
188 Es nula en virtud del derecho
mismo la renuncia hecha por miedo grave injustamente provocado, dolo, error
substancial o simonía.
189 § 1. Para que valga la renuncia,
requiérase o no su aceptación, ha de presentarse, por escrito o de palabra ante
dos testigos, a la autoridad a quien corresponde conferir el oficio de que se
trate.
§ 2. La autoridad no debe aceptar la
renuncia que no esté fundada en una causa justa y proporcionada.
§ 3. No produce efecto alguno la
renuncia que necesita aceptación, si no es aceptada en el plazo de tres meses;
la que no necesita aceptación produce su efecto mediante la notificación del
renunciante, hecha según norma del derecho.
§ 4. Mientras la renuncia no haya
producido efecto, puede ser revocada por el renunciante; una vez que lo ha producido,
no puede revocarse, pero quien renunció puede conseguir el oficio por otro
título”.
Asimismo, tanto la RAE como Fundéu
recordaron que los cargos, sean cual sea sus rangos, se escriben en
minúsculas.
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