domingo, 13 de mayo de 2012

Prohibido frecuentar el trono y el altar

Papúa Nueva Guinea

05/ 8/2012

Papúa Nueva Guinea
Los religiosos no pueden participar en las actividades políticas de los partidos en las islas del Pacífico

Giacomo Galeazzi

Roma
Prohibido frecuentar el trono y el altar. El código de derecho canónico prohíbe que los sacerdotes participen activamente en la vida política. Los obispos de Papúa Nueva Guinea y de las Islas Salomón tuvieron que subrayar el “no” de la Iglesia a los religiosos que se proponen como candidatos en las elecciones políticas. En una carta, los religiosos de Papúa Nueva Guinea y de las Islas Salomón piden que los «sacerdotes estén cerca de la gente, que ayuden al pueblo en el proceso de crecimiento humano, espiritual, cultural, social, que sean guías para la maduración de las conciencias, pero que no participen directamente en la arena política».

La carta, firmada por el presidente de la Conferencia episcopal de Papúa Nueva Guinea y de las Islas Salomón, monseñor John Ribat, arzobispo de Port Moresby, contiene un llamado fuerte dirigido a todos los sacerdotes, definidos «los más cercanos y más confiables colaboradores con los que compartimos el ministerio ordenado [...] que buscan la santidad en el ejercicio del ministerio sacro del servicio al prójimo [...] Es nuestro deber –indica la agencia misional Fides– predicar la Buena Nueva a nuestro pueblo, para ayudarlo a crecer en la santidad».

«Desgraciadamente, una vez más, algunos de nuestros hermanos sacerdotes tienen la intención de proponerse como candidatos a las elecciones políticas en las elecciones generales de Papúa Nueva Guinea, previstas para 2012. Esta es una enorme desilusión para nosotros los obispos y para la mayor parte de nuestro pueblo católico. Creemos que la mayor parte de los sacerdotes, religiosos y laicos, comparten nuestra desilusión: la elección de un sacerdote de entrar a la política es una traición [...] como en la narración evangélica (Juan, 10, 12-13) en la que el pastor abandona el rebaño». Es muy claro el Código de derecho canónico, en el párrafo 3 del canon 285: «Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos, que llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil». Y el párrafo 2 del canon 287 especifica que: «No han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común». Sin embargo, no involucran directamente a los diáconos permanentes, como indica el canon 290 claramente: «Una vez recibida válidamente, la ordenación sagrada nunca se anula».

Un religioso puede perder su estado, es decir volver a ser formal y legalmente un laico. Los obispos reconocen el compromiso político: «Es absolutamente oportuno que los laicos católicos calificados estén directamente involucrados en la política, y que busquen modos creativos para aplicar la Doctrina social de la Iglesia en la definición de las políticas específicas, que promuevan el bien común». Sin embargo, indican, «tener un cargo público, como formar parte activamente de una campaña para un partido político o par aun candidato, está en contradicción con la vocación al sacerdocio». Los sacerdotes, de hecho, «deben anunciar importantes principios morales y explicar la doctrina social católica a todos, en particular a los políticos y a los partidos políticos, sin sugerir que la Iglesia aprueba solo uno u otro modo, sino tantos modos, moralmente buenos, para organizar el gobierno o tratar de resolver ciertas cuestiones sociales. El sacerdote debe ofrecer una posición clara y ética sobre lo que es correcto o equivocado, con base en la Buena Nueva de Jesús». Por estas razones, recuerdan los obispos, les está prohibido ser candidatos para un encargo político (Canon 285).




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